Actualizado 26/03/2023 18:31

Elige los apellidos de tu bebé: nuevo orden en el Código Civil

Orden apellidos bebé
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Los niños que nazcan después del 30 de junio puede que ya no lleven el apellido de su padre, ni el de su abuelo paterno, ni el de su bisabuelo materno. El árbol genealógico cambiará en esa generación si la madre decida que su apellido sea el primero en el Registro Civil. La entrada en vigor de la nueva ley del Registro Civil se lo permitirá.

La legislación actual obliga a que el primer apellido del bebé sea el del padre, seguido del de la madre. España es uno de los pocos países en los que las personas cuentan con dos apellidos, aunque también ocurre en Portugal. Sin embargo, los lusos reciben primero el apellido materno y después el paterno, y es este el que prevalece en los documentos oficiales y el que la madre transmitirá después al hijo. Aun así, su Código Civil permite elegir si el bebé utilizará uno o dos apellidos y su orden.

Apellidos del bebé: podemos elegir desde 2000

A pesar de la novedad que representa esta ley y de suponer un pequeño paso hacia la igualdad, desde el año 2000 los españoles podemos inscribir el nombre del bebé con el apellido de la madre en primer lugar, aunque para ello es necesario enviar una solicitud al juez encargado del Registro Civil y una declaración de mutuo acuerdo.

Ahora, los padres tendrán que hacer constar el orden de los apellidos en la solicitud del Registro Civil. Una vez elegido el orden en los apellidos del primogénito, este será el mismo para el resto de hijos de la pareja.

Los padres tendrán 72 horas para decidir cuál será el nombre y el primer apellido. Si no llegan a un acuerdo o si no lo hacen constar en la inscripción, será el funcionario del Registro Civil quien lo elija y no podrá anteponer el del padre por defecto, sino que tendrá que pensar en el interés superior del bebé. No obstante, el Ministerio de Justicia no prevé que haya muchos casos de desacuerdo por los apellidos.

Los apellidos del bebé en Europa

En el resto de Europa, a excepción de Portugal, lo normal es que las personas tengan un solo apellido y, en la mayoría de los casos, prevalece el paterno. Existen algunas excepciones como la sueca, donde se elige el orden y, en caso de discrepancias, se inscribe con el de la madre.

Fuera de la península, los franceses también pueden decidir qué apellido quieren transmitir a sus hijos, si el de la madre, el del padre, el de los dos y el orden. Sin embargo, hasta hace poco más de una década solo se heredaba el apellido paterno.

Sus vecinos alemanes eligen el apellido de la familia al casarse y este es el que se pone a los hijos cuando nazcan. La costumbre marca que el nombre de la familia será el marido, aunque la ley les permite optar por el de la mujer o combinar los dos con un guion. En Reino Unido, las mujeres también adoptan el apellido del marido al casarse y este es el que tiene su descendencia, aunque tienen completa libertad para elegir.

En Bélgica, la herencia del Código Napoleónico marcaba hasta hace poco que los niños solo llevarían un apellido y sería el del padre. En 2014, la comisión de Justicia del Parlamento belga decidió que ya era hora de dejar atrás las reminiscencias decimonónicas y optó por regular que la inscripción se registrará por defecto con dos apellidos y dejar libertad en la elección del orden.

Muy cerca de Bélgica, en los Países Bajos, los padres pueden elegir qué apellido dar a su hijo, si el de la madre o el del padre (y será el mismo para los demás hijos), pero en ningún caso el de los dos. Sin embargo, si los padres no están casados, prevalecerá el materno y solo se pondrá el paterno si lo comunican expresamente. Este país contempla la posibilidad de dar los dos apellidos al bebé, pero solo en caso de contar con una razón justificada, que debe ir avalada con la firma del rey. Este caso suele darse en las parejas hispano-holandesas y están de suerte, porque tener la nacionalidad española es una razón justificada para pedirle al rey Guillermo que firme la solicitud.

En Islandia se añade el sufijo son, para niños, y dóttir, para niñas, al nombre del padre. Además, el caso islandés presenta una peculiaridad, ya que estos sufijos solo se podían añadir a los 1.712 nombres masculinos y 1.853 femeninos que existen registrados en el país. Sin embargo, esto cambió cuando Blaer Bjarkardottir demandó al Estados por no dejarle utilizar su nombre, al no estar incluido en la lista oficial.

La joven finlandesa no es la única que ha luchado por sus apellidos y se han dado casos que han llegado hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Entre ellos se encuentran Salonen v. Finlandia, 1997, Johansson v. Finlandia, 2007, o Burghartz v. Suiza, 1994.

Uno de los más recientes es el de Cusan y Fazzio v. Italia. El caso se remonta a 1999 cuando Alessandra Cusan y Luigi Fazzo no pudieron inscribir a su hija Maddalena con el apellido de la madre. La pareja empezó entonces un camino de litigios para conseguir. Algunos fracasaron, con el argumento de que la regla se "correspondía con un principio arraigado en la conciencia social y en la historia italiana", otros tuvieron más éxito, como ocurrió en 2012, y les alentaron para seguir peleando.

Así, en 2014, el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos falló a favor de la pareja y obligó a Italia a cambiar esa costumbre por ser incompatible con el principio de igualdad de género y actuar con pautas "excesivamente rígidas". La Corte Constitucional de Italia declaró inconstitucional la normativa que daba automáticamente el apellido paterno en 2016. Desde entonces, los niños italianos pueden llevar el apellido de la madre.

Noelia Fernández Aceituno

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